viernes, 25 de abril de 2014

Juzgado se excusa de conocer amparo promovido por empresa de telefonía

Juzgado se excusa de conocer amparo promovido por empresa de telefonía

2014-04-24 17:05:00 Visitas: 116
México, 24 Abr. (Notimex).- El Juzgado 1 de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones se excusó para seguir conociendo dos juicios de amparo promovidos por la empresa Teléfonos del Noroeste.
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) puntualizó que tal determinación se generó en razón de que en el registro de aclaración de las demandas de amparo, esa compañía atribuye a este juzgado el carácter de autoridad responsable.
Con ello se le reclama como acto la resolución en la que posiblemente aplique el Artículo 61, fracción I de la Ley de Amparo, y declare improcedentes los juicios de amparo contra el acto reclamado.
Ese artículo se refiere a las causales de improcedencia del juicio de amparo y en su fracción I especifica que no procede “contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Con base en ello, el juzgado planteó estar impedido para continuar conociendo de los juicios de amparo 29/2014 y 28/2014 promovidos por Teléfonos del Noroeste.
Argumentó que, de hacerlo, se afectaría la imparcialidad de la resoluciones que se dicten en ellos, dado el doble carácter con el que tendría que actuar, es decir como juez y parte, lo que obligaría a juzgar respecto de actos dictados por él mismo.
La declaratoria de impedimentos tiene como fin garantizar la neutralidad del juzgador en los procesos, así como dejar intocada la respetabilidad, probidad y honorabilidad de la autoridad judicial federal.
La determinación se sustenta además en la tesis jurisprudencial de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la “imparcialidad, contenido del principio previsto del Artículo 17 constitucional” y publicada en el Semanario Judicial de la Federación y en su Gaceta.
En los juicios de amparo promovidos por Teléfonos del Noroeste se impugnan las reformas y adiciones al Artículo 28 constitucional.
También los artículos transitorios cuarto último párrafo, séptimo cuarto párrafo, octavo fracciones I, III y IV y IX del decreto por el que se reforman y adicionan disposiciones de los Artículos 6, 7, 27, 28, 73, 78, 94 105 constitucionales en materia de telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial el 11 de junio de 2013.

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